Recientemente en varios medios de alcance nacional, se ha cuestionado ampliamente la supuesta inacción y el desempeño de un vigilador que ante el robo a un residente del edificio donde prestaba servicio, no intervino de la forma que algunos esperaban.
Equivocadamente, estos medios de comunicación cuestionan que el guardia de seguridad debió salir a la calle a intervenir en medio del robo y se equivocan. Primero y principal porque la ley 5688 que regula a la seguridad privada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo prohíbe en el apartado que expresa las “Prohibiciones y obligaciones de los prestadores”. El Artículo 450 dice claramente: “Los prestadores tienen expresamente prohibido: Prestar servicios en los espacios públicos” salvo expresa autorización del Ministerio de Seguridad.
Podrá ser materia de discusión si el palier de un edificio se considera parte del espacio público o no, pero aún así, el vigilador cumplió con su rol al implementar los medios necesarios para avisar a la autoridad policial. La función de los vigiladores es la prevención del delito, no la represión del mismo. Así lo expresa el Artículo 451 de la mencionada ley: “Los prestadores tienen las siguientes obligaciones: Poner en conocimiento inmediato de la autoridad policial o judicial todo hecho delictivo de acción pública o incidencia constatada en el caso de los prestadores del servicio de monitoreo de alarmas del que tomen conocimiento en oportunidad del ejercicio de su actividad.”
Otro punto que avala el accionar del trabajador de seguridad privada y desmiente a los medios que cuestionan su accionar es el factor de la seguridad misma. Si el guardia hubiera abierto la puerta para salir y hacer cesar el robo, hubiera comprometido seriamente la seguridad de todo el edificio ya que el robo pudo haber sido un “cebo” para que la puerta del edificio se abra, o bien, la situación pudo haberse descontrolado, el delincuente haber ingresado al edificio y poner en riesgo la integridad de todos sus residentes. En caso de darse esa situación y que la misma tuviera un desenlace trágico, eso podría ser considerado por cualquier magistrado como una negligencia por impericia, figura que si tiene sanciones de prisión en el Código Penal.
Consultados al respecto, desde el área de prensa del Bloque Nacional de Seguridad Privada, la organización sindical que agrupa a los vigiladores y custodios privados liderada por Christian López y Leónidas Requelme, expresaron que “el accionar del guardia fue el correcto: vio el delito y avisó a la central de monitoreo para que den parte a la autoridad policial. Nuestra función es la prevención del delito y estamos obligados por la ley a trabajar coordinadamente y ser auxiliares de la Policía dando aviso a esta cuando sucede alguna acción delictiva.
Si el vigilador hubiera intervenido directamente en un forcejeo con el delincuente, su vida y la del residente asaltado, hubieran podido estar comprometidas ya que los vigiladores que están en los consorcios no portan armas para reprimir el delito, sin mencionar que si el trabajador resulta herido no seria cubierto por la ART. Inclusive al abrir la puerta estaría comprometiendo la seguridad de todo el edificio.”
En cuanto a la critica de los medios expresaron que “La seguridad no es para cualquiera, ante situaciones como estas hay que tener la cabeza fría, en una fracción de segundo prever las consecuencias y obrar para ocasionar el mal menor, obviamente los medios que cuestionan el accionar del guardia hablan desde un absoluto desconocimiento del marco legal que regula a la seguridad privada y se produce esa cadena de desinformación que pone en el ojo de la tormenta a nuestra actividad ante la opinión pública.
Hay un sector social, mediático y político que considera a la seguridad como un gasto, pero después la reclaman a gritos, sin tener en cuenta que los guardias de seguridad arriesgan todos los días sus vidas por sueldos casi de $60000 debajo de la línea de la pobreza.” Subrayaron desde la organización sindical.
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