La Sala III de la Cámara del Trabajo revocó una orden previa que había dispuesto la reincorporación de tres pilotos despedidos de Aerolíneas Argentinas, en medio de un conflicto sindical.
Los pilotos habían sido desvinculados en septiembre, tras negarse a pilotear un avión Embraer destinado a ser devuelto a la empresa de leasing. Esta negativa se enmarcaba en un contexto de reclamo sindical por mejoras salariales y en contra de una posible privatización de la aerolínea.
El fallo original, emitido por la jueza Stella Maris Vulcano, había considerado los despidos como arbitrarios, argumentando que afectaban los derechos sindicales de los trabajadores y su derecho a la protesta. La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) solicitó la medida cautelar para la “reinstalación inmediata” de los pilotos en sus puestos. APLA argumentó que la acción de la empresa constituía una medida “discriminatoria y antisindical” que atentaba contra los derechos laborales y de libre asociación.
En su resolución inicial, la jueza Vulcano destacó que “los sueldos de los trabajadores tienen carácter alimentario” y que su derecho a la libertad sindical debía ser garantizado, asegurando que estos despidos restringían su capacidad de manifestarse en defensa de sus condiciones laborales.
Sin embargo, la Cámara del Trabajo se inclinó a favor de la postura de Aerolíneas Argentinas, revocando la reincorporación hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión. El fallo contó con la disidencia de la jueza Diana Cañal, quien expresó que en su criterio, la reincorporación de los pilotos debía mantenerse, ya que el despido afectaba “la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación”, considerando que la pérdida del trabajo implicaba un daño “de carácter alimentario”.
Por otro lado, el juez Alejandro Perugini sostuvo que “medidas innovativas de carácter anticipatorio como las solicitadas, suponen modificar la situación de hecho existente en base a derechos que aún no han sido reconocidos como legítimos”, cuestionando así la cautelar inicial de reincorporación. Su voto fue apoyado por el juez Mario Fera, quien argumentó que “las razones fácticas y jurídicas invocadas no permiten tener por configurada la verosimilitud en el derecho requerible”.
Este fallo representa un duro golpe para los gremios de pilotos, que habían tomado el caso como un precedente importante para la protección de sus derechos laborales en un contexto de conflictos con la empresa. Desde Aerolíneas Argentinas, en tanto, defendieron su apelación señalando que la medida inicial era una “grave inobservancia” de la normativa vigente y cuestionando la aplicación de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares en el ámbito laboral.
Con este fallo, la situación de los pilotos queda a la espera de una resolución de fondo que determine si la medida tomada por la empresa se ajusta a derecho o constituye una violación de los derechos sindicales. Mientras tanto, APLA adelantó que seguirá impulsando la defensa de sus afiliados y exigiendo condiciones laborales justas, en un escenario que mantiene en tensión a los trabajadores y la empresa.
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