Catamarca reglamentó un régimen de retiros voluntarios en el marco de la Ley de Emergencia Económica

Catamarca reglamentó un régimen de retiros voluntarios en el marco de la Ley de Emergencia Económica

Raúl Jalil, gobernador de Catamarca y uno de los mandatarios "peronistas" más cercano a Milei, reglamentó el régimen de retiros voluntarios para la administración pública provincial. Esta medida se enmarca dentro de la Ley de Emergencia Económica, recientemente sancionada por la Legislatura provincial, y tiene como objetivo ajustar la estructura estatal en medio de la crisis económica.

Mediante la resolución 180 del Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos de Catamarca, se establecieron los parámetros del régimen anticipado de retiros voluntarios. Este beneficio está dirigido a los agentes de planta permanente en servicio activo al 31 de diciembre de 2023, con una antigüedad mínima de cinco años en sus cargos, y una edad mínima de 50 años para hombres y 45 años para mujeres.

El régimen estipula que "todos los adicionales por fuera de la pauta salarial general, se computarán solo en el equivalente al 50% de los mismos". Además, el pago de prestaciones por Retiro Voluntario se realizará en 12 pagos mensuales por año, sin incluir el sueldo Anual Complementario. Para calcular la prestación pecuniaria, se tomará en cuenta la remuneración bruta percibida en enero de 2024.

En cuanto a la jubilación, el beneficiario será intimado a iniciar su trámite previsional dentro de un plazo de 30 días hábiles cuando alcance la edad jubilatoria, bajo apercibimiento de suspender la prestación mensual.

Un punto crucial de la reglamentación es que las vacantes generadas por el retiro voluntario no podrán ser cubiertas por otros agentes bajo ningún régimen de contratación. "Se deberá establecer la supresión presupuestaria en el organismo respectivo, de los cargos vacantes que se produzcan como consecuencia de la aplicación del régimen", especifica la normativa.

La Ley de Emergencia Económica también detalla cómo se calculará el porcentaje de la prestación a recibir por los beneficiarios, basado en los años que les falten para jubilarse:

- Hasta 5 años o menos: 80%

- Hasta 7 años: 75%

- Hasta 10 años: 70%

- Hasta 14 años: 60%

- Desde 15 años en adelante: 50%

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