La Ley Marco 25.164 de Regulación del Empleo Público establece una serie de derechos y garantías que limitan la discrecionalidad del Estado empleador y protegen a las y los trabajadores estatales ante los cambios de gestión. Hay rumores de que dentro de la Ley Ómnibus se quiere incluir una reforma de esta ley.
En su columna de este lunes, «Gestos y palabras de una revolución conservadora», Carlos Pagni adelantó que en la mentada Ley Ómnibus que impulsa Javier Milei, «se incluyó un pedido de autorización para privatizar compañías y también una reforma al régimen laboral de los empleados públicos».
En su capítulo IV, sobre Derechos, la Ley Marco 25.164 de Regulación del Empleo Público establece una serie de derechos y garantías que no pueden ser recortados en el marco de las negociaciones colectivas, aunque sí pueden ser ampliados. Es decir, ni el Estado empleador ni los representantes sindicales pueden usar estos derechos como moneda de cambio en un acuerdo de partes sin quedar en la ilegalidad.
Esto incluye, para las y los trabajadores estatales, el derecho a la estabilidad laboral, a una retribución justa, con los adicionales que correspondan, a igualdad de oportunidades en la carrera y a tener capacitación permanente.
El capítulo contempla otros derechos laborales referidos a la libertad de afiliación sindical y negociación colectiva, licencias, justificaciones y franquicias, compensaciones, indemnizaciones y subsidios, asistencia social para sí y su familia, interposición de recursos, derecho a jubilación o retiro, renuncia, higiene y seguridad en el trabajo.
Por último, se menciona el derecho a la participación, por intermedio de las organizaciones sindicales, en los procedimientos de calificaciones y disciplinarios de conformidad con que se establezca en el Convenio Colectivo Trabajo.
Ahora bien, el punto de la estabilidad laboral es relevante en tanto se prevén despidos de personal estatal. Según la ley marco, el «personal comprendido en régimen de estabilidad tendrá derecho a conservar el empleo, el nivel y grado de la carrera alcanzado. La estabilidad en la función, será materia de regulación convencional».
En el artículo 17 se establece que la adquisición de la estabilidad en el empleo se produce pasado un período de prueba de 12 meses en que se corrobore una «prestación de servicios efectivos, como de la aprobación de las actividades de formación profesional que se establezcan», con la ratificación de autoridad competente, más otros puntos.
Según Pagni, ya varios administrativistas de carrera se rehusaron a tomar cargos en el actual Gobierno de Milei «por el riesgo de modificar la fórmula de actualización jubilatoria», que también estaría dentro de las intenciones de la nueva gestión.
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