El Correo Argentino le tiene que pagar $500.000 por día a una trabajadora despedida a la que se niega a reincorporar

El Correo Argentino le tiene que pagar $500.000 por día a una trabajadora despedida a la que se niega a reincorporar

La echaron sin causa en abril. La Justicia ordenó su reincorporación hace un mes, pero el Correo Argentino no cumple la sentencia.

 

Un fallo judicial le ordenó al Correo Argentino reincorporar a una trabajadora despedida durante la ola de cesantías y cierres de sucursales que llevó adelante el gobierno de Javier Milei en el primer semestre de 2024. En caso de no hacerlo, el fallo indica que deberá pagarle a la trabajadora una multa de $500.000 diarios a partir del próximo miércoles 18 de diciembre.

El caso tiene lugar en la provincia de Chubut. El fallo de primera instancia se dio a conocer el 14 de noviembre pasado y ordenaba la reincorporación de Olga Norambuena, que había sido despedida de la sucursal del Correo Argentino en Trelew en abril. 

La empresa estatal de correos apeló y se negó a permitirle a la mujer el reingreso a la sede donde trabaja desde hace 18 años. 

Este miércoles 11 de diciembre la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el fallo, le dio tres días hábiles al Correo Argentino para cumplirlo e indicó que, en caso de que no lo haga, deberá pagarle a Norambuena $500.000 por día como multa y resarcimiento.

El plazo para que el correo cumpla la sentencia vencerá el martes de la semana próxima, ya que este viernes hay feriado en la provincia de Chubut. Es decir que a partir del miércoles comenzarán a contar los 500 mil pesos diarios, a menos, claro está, que reincorporen a Norambuena a sus funciones.

Despedida del Correo Argentino

La trabajadora, de 46 años de edad, fue despedida del Correo Argentino de Trelew el 27 de abril de este año. Es la única mujer que se desempeña en esa sucursal de la Patagonia. Tiene 18 años de antigüedad en el Correo y sus funciones son las de ejecutiva de cuentas pymes y responsable de la logística electoral.

Tras el primer fallo que ordenó su reincorporación, el 14 de noviembre por la mañana, se presentó a la sucursal, pero no le permitieron ingresar a su lugar habitual de trabajo.

Olga Norambuena, la trabajadora despedida por el Correo Argentino en su sucursal de Trelew.

Ahora espera que las autoridades locales del Correo Argentino sí cumplan con lo que ordenó la Justicia. “Ellos deben llamarme antes del lunes o martes”, explicó Olga. 

Madre soltera, Norambuena tenía una vida organizada junto a Bianca, una niña de 9 años con síndrome de Down. Desde el momento de su despido, Bianca quedó por varios meses sin acceso a las cinco terapias y a los acompañantes que solía tener.

El 29 de abril a las 8.20 de la mañana, Olga llegó a trabajar al Correo Argentino de Trelew como todos los días. Entró a su oficina sin problemas y sin sospechar que pudiera ocurrir nada especial, pero estando allí se llevó la sorpresa de que habían cambiado sus claves de acceso a la computadora portátil y al teléfono que utilizaba para trabajar.

Le mandaron el telegrama y no le avisaron

Tras la confusión inicial, Olga empezó a averiguar qué pasaba y así descubrió que un aviso de visita del Correo que había recibido en su casa dos días antes, al que no le había dado mucha importancia, era su telegrama de despido. Aun siendo ella empleada de la sucursal encargada del envío de ese telegrama, nadie le había informado nada.

Después de un proceso judicial que ya se extendió por más de seis meses, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia dispuso su reincorporación, en la causa caratulada “Norambuena, Olga del Carmen c/Correo Oficial de la República Argentina S.A., s/pedido de reincorporación”, proveniente del Juzgado Federal de Rawson.

“Dispondremos que, interinamente, hasta tanto se produzca el informe del artículo 4° de la ley 26.854, se proceda a reincorporar a Olga del Carmen Norambuena en el mismo puesto laboral que ocupaba antes del distracto y en las mismas condiciones (obra social, etc.)”, indica la sentencia.

También advierte que el plazo para la reincorporación “surtirá efectos desde la fecha de notificación de la presente, pues, encontrándose en juego derechos de contenido alimentario y de salud, reconocidos en nuestra legislación y en pactos internacionales, cabe no ser tan riguroso en la valoración de los requisitos habilitantes”.

“Sobre todo -agrega- cuando se vislumbran más graves las consecuencias para la actora ante el rechazo de la medida, que para la demandada proceder a la reincorporación, en los términos dispuestos ut supra”.

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