Uno de los puntos bajo cuestionamiento por quienes pregonan la reforma laboral es el de la «cuota solidaria». Un debate que tuvo su correlato en tiempos de la última dictadura que anuló todas las afiliaciones y obligó a volver a inscribirse con la sorpresa de que el 95% de los trabajadores lo hizo ¿Son válidas o inválidas?
Por: Pablo Maradei.
Definimos: la «cuota solidaria» es una retención que un empleador le realiza a su trabajador no afiliado al sindicato del sector para redireccionarla al gremio al que decidió no afiliarse. Jurídicamente se lo conoce como «libertad sindical individual negativa», que es el derecho de un trabajador a no afiliarse a ningún sindicato (la positiva es el derecho de afiliarse). Ese porcentaje del salario, que es siempre inferior a la cuota sindical plena que paga un afiliado, se pauta con el sector empresario según lo establecido en el convenio colectivo y luego es validado en la órbita del ministerio de Trabajo.
Planteado el tema, las aristas que se abren son múltiples y aún habiendo sido homologado por la cartera laboral en base al artículo 9°de la ley 14.250 de 1953, el aporte solidario aún genera debate judicial sobre la extensión de su aplicación.
Con suficiente agua corrida bajo el puente, la doctrina y jurisprudencia, antigua y reciente, concuerda en que las «cláusulas de solidaridad» no son válidas o inválidas en sí mismas, sino que deben cumplir una serie de requisitos que determinan su razonabilidad y, en tal caso, su validez. Se puede afirmar, sobre esa base, que la mayoría coincide en que siempre que sea proporcional al beneficio obtenido, limitada en el tiempo, y no igual a la cuota sindical que pagan los afiliados, el aporte solidario es razonable y, por ende, válido. Pero un mal argentino marca dos distorsiones al sistema: ¿Quién fija la razonabilidad? Otra: la extensión en el tiempo tiende al infinito.
Algo así como ocurrió con el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, más conocido como impuesto al cheque, que alcanza una alícuota del 0,6% en cada cambio de manos del dinero en los bancos: lo lanzó Domingo Cavallo en 2001 con carácter de emergencia pero lo fueron renovando todos los gobiernos. Lo mismo pasa con las «cuotas solidarias»: la extensión es eterna.
No obstante, un ejemplo: en 2012, Luis Alberto Gaetán y otros le realizaron un juicio a UTEDyC (Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles) por retención indebida de la cuota solidaria. La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional la retención por aporte solidario porque, justamente, se excedían los límites.
En charla con InfoGremiales, el abogado laboralista Matías Cremonte señala: «Bajo ciertos parámetros, esos aportes son legales y, en todo caso, se discute su legitimidad. En la medida que crezcan los canales de participación y, concretamente, de aprobación de los convenios colectivos por los propios trabajadores afectados, deben disminuir los cuestionamientos a las cláusulas de solidaridad. Así, la razonabilidad y proporcionalidad de los aportes en relación a los beneficios será juzgada democrática y colectivamente por quienes son directamente afectados por ese convenio colectivo, los trabajadores».
También vale aclarar que lo que se acuerde en el convenio colectivo se aplica a todos los trabajadores por el sistema jurídico del Derecho del Trabajo: ya sean acuerdos paritarios, beneficios laborales, extras, higiene y seguridad y muchos etcéteras. En ese sentido todo sujeto individual que se desempeñe en la actividad, afiliado o no, está cubierto. Por lo tanto el gremio financia las «mejoras» para el colectivo.
Ahora bien, si la Argentina fuera un país estable económicamente (por ejemplo sin inflación entre otras cuestiones) seguramente la acción gremial se licuaría: no habría paritarias, eventuales medidas de fuerza y los sindicalistas no tendrían tanto protagonismo en la escena pública y política. Sería un trabajo más puertas adentro de la empresa por conseguir mejoras de otra índole para sus trabajadores.
Pero otro pliegue: en efecto tener esa caja asegurada en algunos casos implica menor actividad gremial; lo que también les interesa a los empleadores. Mejor arreglar, vía convenio, girar dinero por no afiliados que tener a un alto porcentaje del personal bajo las filas gremiales. Asegura la paz social.
Algo de eso lo podemos ver con el SUTNA (Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino). InfoGremiales contactó a Alejandro Crespo, su secretario general, y se dio este diálogo:
-¿A los trabajadores de tu sector les retienen cuota solidaria?
– No es necesario porque tenemos un porcentaje de afiliación de casi el 100 por ciento; por eso las medidas de fuerza son tan contundentes.
Recordar que los trabajadores del neumático vienen reclamando incremento de la hora extra, entre otras cuestiones, desde abril con infinidad de huelgas realizadas.
Muy distinto es el panorama en el mundo del subterráneo, bajo tierra anidan tres sindicatos: la UTA, los Metrodelegados y los Supervisores. En 2009 y ante la desafiliación de trabajadores, la UTA acuerda con la empleadora Metrovías el descuento compulsivo por cuota solidaria del 1% a todos los trabajadores no afiliados del sector.
De acuerdo a lo relevado por InfoGremiales, tal situación derivó en que los Metrodelegados comenzaran con acciones gremiales; conflicto que terminó resolviéndose de la siguiente manera: la empresa se hizo cargo de ese aporte durante un año y dejó de aplicárselo a los trabajadores. Es decir, durante ese año la UTA mantuvo su caja distorsionando el espíritu de esa herramienta de fortificación económica gremial. Cumplido el año, Metrovías no renovó ese acuerdo. Hoy por hoy, los afiliados a los Metrodelegados solo aportan su cuota sindical a través de un débito directo que hace el gremio.
Y otro vericueto más: los Metrodelegados no cuentan con personería gremial, por ende no pueden cobrar «cuota solidaria» porque no pueden celebrar un convenio colectivo. Sin embargo, y a la luz de los hechos, sí tienen la mayoría de la representatividad de los trabajadores de subterráneo. Son un sindicato fuerte en presencia, pero con falencia económica si ponemos el foco en que no pueden recaudar ese extra.
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