Empleados de comercio cobrarán nueva suba de sueldo en noviembre: salarios según categoría

Empleados de comercio cobrarán nueva suba de sueldo en noviembre: salarios según categoría

El sindicato de comercio adelantó la suba salarial que tenían prevista para enero por la inflación. Aún queda abonar un 11% correspondiente a noviembre.

En medio del proceso inflacionario que genera un amplio deterioro del bolsillo del trabajador, los empleados de Comercio recibieron en octubre un nuevo aumento de sueldo, correspondiente a la cuota de septiembre, y tendrán el próximo en el mes de diciembre. 

La conducción de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) acordó con las patronales un aumento del 59,5 por ciento, del que se liquidó un 6 por ciento en abril; 6 en mayo y 6 en junio. Además, se sumó un 20,5 por ciento en agosto (10% correspondiente a dicho mes y 10,5% de enero), un 10% en septiembre y resta abonar un 11% en noviembre.

Los paritarios de mercantiles encabezados por su secretario General, Armando Cavalieri, consiguieron que el 10,5 por ciento de aumento correspondiente a enero del 2023 se aplique en agosto, junto con el incremento del 10 por ciento que ya estaba previsto. De esta forma, la mejora para los trabajadores y trabajadoras fue del 20,5 por ciento.

En el reciente acuerdo, el gremio y los representantes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA) también pactaron que se volverán a reunirse en enero del año próximo, teniendo en cuenta que a esa fecha quedará totalmente abonada la paritaria que va de abril de este año a marzo próximo, con un aumento del 59,5 por ciento total ya citado.

Empleados de Comercio: cómo quedan los sueldos

 

Los salarios a cobrar en octubre, y que recibirán los primeros días de noviembre, según cada categoría, son los siguientes:

Los empleados de Comercio recibirbieron en octubre un nuevo aumento salarial

Maestranza y servicio 

- Categoría A: $129.475,14

- Categoría B: $129.849,90

- Categoría C: $131.162,99

Administrativos

- Categoría A:$130.881,84

- Categoría B: $131.445,01

- Categoría C: $132.007,74

- Categoría D: $133.696,45

- Categoría E: $135.103,27

- Categoría F: $137.167,13

Cajeros

- Categoría A: $131.350,72

- Categoría B: $132.007,70

- Categoría C: $132.852,02

Personal auxiliar

- Categoría A: $131.350,72

- Categoría B: $132.288,83

- Categoría C: $135.384,73

Personal auxiliar especializado 

- Categoría A: $132.476,93

- Categoría B: $134.165,29

Vendedores

- Categoría A: $131.350,72

- Categoría B: $134.165,64

- Categoría C: $135.103,27

- Categoría D: $137.167,13

Además de estas categorías se encuentran las de chofer y ayudante de chofer, adicional por armado de vidriera y regímenes especiales.La antigüedad es el 1% por año trabajado y deberá aplicarse a las nuevas cifras remunerativas. En cuanto al presentismo, las cifras remunerativas deberán ser incrementadas con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo de trabajo 130/75.

¿Cómo liquidar un sueldo de empleado de comercio?

Para liquidar el sueldo de un empleado de comercio, siempre es recomendable que nos asesoremos con un profesional, como por ejemplo un contador público, ya que se trata de una tarea que requiere ciertos conocimientos como también información detallada de cada rubro y/o actividad.

Para confeccionar un recibo de sueldo de un empleado de comercio, debemos ingresar los siguientes datos obligatorios y básicos, según la Ley de Contrato de Trabajo:

- Datos del empleador como por ejemplo el domicilio

- Datos del trabajador como fecha de nacimiento y domicilio actualizado

- Detalle de la remuneración, es decir, ingresos brutos, netos y adicionales (en el caso de corresponder en ese período)

- Descuentos obligatorios: Dentro de esta categoría nos encontramos con la jubilación (11%), Pami (3%) y obra social (3%)

Conceptos propios del Convenio de Comercio:

- Antigüedad: en este caso es el 1% adicional sobre el sueldo básico por cada año trabajado

- Presentismo: 8,33 % adicional sobre la suma del sueldo básico y la antigüedadSEC: 2% de aporte al Sindicato de Comercio, en el caso de que el empleado se encuentre adherido

- Aporte fijo OSECAC (Obra Social de Empleados de Comercio): suma fija de $100FAECYS: 0,50% de aporte al Sindicato de Comercio

- Incrementos no remunerativos: existen una gran cantidad de ejemplos como por ejemplo la ropa de trabajoTe puede interesar"Cuidado con el dólar blue": el nuevo precio que proyecta el gurú de la City para fin de año

Además, es importante destacar la escala salarial del trabajador, ya que esta determina qué remuneración básica deberán recibir los trabajadores de determinado rubro, en sus diferentes puestos y tareas: maestranza, administrativo, cajero, auxiliar, auxiliar especializado, vendedor.

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