La implementación de este derecho, pendiente de la Constitución, formará parte del debate a corto plazo. Resaltan que el margen de renta empresaria va desde el 37% al 10% en varias empleadoras de diferentes rubros . Y alerta máxima respecto a que la prioridad es sueldos por encima del incremento de precios
Por Luis Autalan
El debate por la participación de los trabajadores y las trabajadoras en las ganancias empresarias sobrevuela el ring de las compañías con alto nivel de renta, en especial en tiempos de alta inflación. Incluye diferentes posturas, algunos encontronazos y se diferencia de la controversia por la suma fija no sólo en cuanto al rango de los ingresos más bajos del sector privado. Abogados laboralistas, economistas y la dirigencia sindical consideran que la discusión del tema será ineludible en un futuro cercano.
Si gana la oposición enarbolando la reforma laboral, los gremios tomarán la bandera del mandato constitucional pendiente y pondrán sobre la mesa la participación como parte del menú a tratar en lo referido a los convenios de labor. Si triunfara el oficialismo, lo asumen como un tema obligatorio. Va de suyo que las paritarias son la manta corta salarial.
Thank you for watching
Ante la consulta de BAE Negocios el economista en jefe de Fiel, Daniel Artana, explicó que la mirada empresaria asume la participación como “un incremento del impuesto a las Ganancias” y que desalienta inversiones. Vislumbró incluso su factibilidad también a la definición de quienes, dentro de la dotación de una empresa, son personas claves para concretar la renta. “Desde el punto de vista de los trabajadores es algo que trata de alinear los incentivos, ante una empresa que tenga utilidades. De hecho existen bonos por productividad, o rendimiento en determinado sector. Y la lógica es alinear esos beneficios a la contribución que realiza cada trabajador”, puntualizó.
Al recordar que años atrás el entonces diputado nacional Héctor Recalde impulsó un proyecto para este beneficio, el laboralista y docente universitario Luis Roa consideró: “No solo es un deseo aspiracional del movimiento obrero, es mucho más, está reconocido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”. Roa remarcó que esa validez incluye algo que “muchos prefieren no recordar: el control de la producción. Dicho esto, cabe preguntarse, por qué a 66 años de la reforma de 1957 pareciera que existen derechos constitucionales de primera y de segunda”.
Para fundamentos económicos concretos la CTA de los Trabajadores, a través de Cifra su foro económico, plantea por un lado que hoy el 40% de los trabajadores bajo Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) está bajo la línea de pobreza. Apuntan que la paradoja aparece con empresas que tienen un 37% de utilidades, caso Techint, telefónicas, y otras por encima del 20%. El detalle incluye a 400 compañías con utilidades por encima del 10%, y que para varias empresas esa renta es en dólares mientras pagan salarios en pesos.
A partir de esos vectores y ampliando el escenario de los sueldos Hernán Herrera, docente UBA, Flacso e investigador de Fundus no sólo estimó necesaria la participación como derecho legítimo sino “por el dato más grave, que es el nivel salarial. Consideremos que el salario privado registrado cayó 16% entre diciembre de 2015 y diciembre de 2019. Pero sobre todo cayó otro 2,7% entre diciembre de 2019 y la actualidad, siempre en términos de poder adquisitivo. Pero la peor parte del caso es que la caída se viene acelerando desde diciembre de 2022”.
En cuanto a casos testigo sobre la participación de los trabajadores en las ganancias se destacan dos variantes de dicho beneficio. El que perciben los trabajadores y trabajadoras de la Asociación Bancaria, al cual se sumó este año una compensación por la quita salarial de ganancias, rubricada en la paritaria. Y además existe el beneficio que percibe el gremio del neumático, el cual sobrelleva cruces respecto a su gestión original y beneficio concreto con tesituras a favor y críticas de dicha participación.
Todo es cuestión de medida
Daniel Artana
(Economista Jefe de FIEL, profesor Política Económica en la Universidad Nacional de La Plata y profesor invitado de Economía de la Tributación en la Universidad Di Tella)
“Desde el punto de vista del empresario esto viene a cuenta de ser un adicional del impuesto a las Ganancias. Desde ya que esos montos en lugar de ir a rentas generales de alguna manera lo van a percibir los trabajadores, pero no obstante lo consideran como un impuesto a las ganancias más alto. Si hablamos de un país con impuestos de ese rubro bajos, a nivel de sociedades estaríamos hablando de un tributo menor. Ahora con impuestos altos la cosa se puede complicar. Entre otros factores porque se podrían desalentar las inversiones.
Ahora desde el punto de vista de los trabajadores es algo que trata de alinear los incentivos, ante una empresa que tenga utilidades, de hecho existen bonos por productividad, o por rendimiento en determinado sector. Y la lógica en esto es alinear esos beneficios a la contribución que realiza cada trabajador. Establecerlo a partir del globo de la ganancia es quizás más difícil para determinar lo que aportan cada uno de los trabajadores en esa mayor rentabilidad”.
Macroeconomía, Estado y voluntad política
Hernán Herrera
(Docente UBA, Flacso e investigador de Fundus)
“Hay muchas discusiones que requieren datos para una comprensión completa. Hoy se discuten bastante los magros resultados que se logran durante la actual administración en materia de participación de las ganancias y la remuneración trabajo asalariado en el PBI. Ocurrió que se alejó del icónico "fifty fifty" y cerró 2022 en 44,9%, sólo 1 punto más que en 2021. Sin embargo, este dato suele ser en extremo estadístico porque por detrás es relevante si el país creció o no, el nivel de empleo, el nivel de educación, si mejoró o no, el de indigencia, el de pobreza. Cabe destacar el dato fundamental en esa discusión: el salario registrado privado no creció en términos reales en los que va de la actual administración.
Y lo que es más grave en esta discusión es el nivel salarial. En efecto, el salario privado registrado cayó 16% entre diciembre de 2015 y diciembre de 2019, si se toma septiembre de 2015 es mucho más. Pero sobre todo cayó otro 2,7% desde diciembre de 2019 a la fecha, siempre en términos de poder adquisitivo. Lo peor es que la caída se viene acelerando desde diciembre 2022.
¿Entonces? Si bien hay fundamentos macro para explicar esto, siempre hay medidas que se pueden tomar para favorecer la estabilidad. Es el ejemplo de la suma fija, para adelantar o complementar paritarias, entre otras. Cualquier corrección requiere algunas cuestiones: ordenar la macro, consiguiendo el nivel de dólares que se precisa, favorecer el empleo, y consolidar un Estado activo en las disputas paritarias de los sectores más débiles, mientras se da el ejemplo recuperando el salario del empleo público, que perdió 23 puntos entre diciembre de 2015 y diciembre de 2019 y sólo recuperó 3 puntos en la actual administración.
En definitiva, macro, Estado y voluntad política son indispensables para lograr que el crecimiento se reparta con mayor justicia”.
“Un mandato constitucional obligatorio”
Luis Roa
(Abogado laboralista, docente universitario)
“La participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas no solo es un deseo aspiracional del movimiento obrero, es mucho mas que eso, se encuentra explícitamente reconocido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, al igual que otra manda que muchos preferirían no recordar: el control de la producción. Dicho esto, cabe preguntarse, por qué a 66 años de la reforma de 1957 pareciera ser que existen derechos constitucionales de primera y de segunda; y todo lo que refiere al reconocimiento de los derechos sociales nunca encuentra su momento en la agenda del legislador común que tiene la obligación de legislar sobre estos temas.
En 2010, hubo un avance legislativo cuando el diputado nacional Héctor Recalde presentó la iniciativa de la CGT al respecto: la reacción no se hizo esperar. El sector empresario reaccionó como siempre argumentando “que no era el momento adecuado”, y que esas medidas implicaban un sesgo anti empresa. Ninguna novedad, siempre sostienen lo mismo, lo hicieron con la ley de accidentes del trabajo en 1915, en 1929 con la limitación legal de la jornada de trabajo, en 1934 con la ley del despido, en el 45 con el aguinaldo, y en el 74 con la Ley de Contrato de Trabajo. Agregaría que en este caso, la participación de los trabajadores en las ganancias no solo es un deseo, o un ideal, sino un mandato constitucional que es obligación dar cumplimiento”.
“Constitución y dignidad de los trabajadores”
Alberto Lamas
(Delegado del Banco Nación e integrante de la Asociación Bancaria)
“El logro de la participación en las Ganancias por parte de los bancarios y bancarias marcó un hito histórico en la lucha moderna del Movimiento Obrero Organizado de la Argentina. Para que tal cometido se concretara fue decisiva la acción gremial del secretario general de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo y el mismo tiene bases fundamentales en nuestra Constitución Nacional.
Además corresponde recordar que su génesis tuvo lugar en pleno debate por el denominado “impuesto al sueldo”, ocasión que la Asociación Bancaria desarrolló medidas de acción directa al respecto. Nos referimos en cuanto a la referencia temporal y política al final de la gestión presidencial que culminó en diciembre de 2015.
Sin perjuicio de nuestra postura sindical ante a la quita salarial por Ganancias, en actitud democrática y por el camino de los consensos, y destacando los puntos en común, la simetría tuvo lugar con el principio que estableciera la propia Presidenta Cristina Fernández para que "aquellos que mayores ganancias lograran de sus actividades, pagaran los mejores salarios" y por ende otorgaran beneficios legítimos a trabajadores y trabajadoras.
Esa fue la senda que recorrieron los bancarios y bancarias para acceder a este legítimo derecho. Y desde el concepto y la convicción de que las soluciones deben apuntar y abrazar a lo colectivo, es oportuno remarcar en la ocasión que no sólo el sector financiero, los bancos y entidades, focalizan sectores con destacado de ganancias para los empresarios. La enumeración de compañías con considerable margen de renta abarca a diferentes sectores de la actividad y producción de nuestro país”.
Alerta por el alineamiento de intereses
Pablo Ferrari
(Economista UBA-Undav, e integrante de Economía Política para la Argentina (EPPA)
“La participación de una parte del salario en las ganancias empresariales tiene al menos dos aspectos. Por un lado, es positivo que el salario aumente si lo hacen las ganancias. Por otro lado, esta vinculación puede alinear intereses de un sector de la clase trabajadora con el empresariado más concentrado, que tiende a obtener un mayor margen de ganancia que la media. Este tipo de empresas puede tener mayor incidencia en la fijación de precios importantes de la economía, por lo cual está alineación de intereses nos es buena. Además, tiende a fragmentar más a la clase”.
“Llegó después de una rebaja salarial”
Alejandro Crespo
(Secretario General del Sindicato Unico de los Trabajadores del Neumático)
“Nos solemos referir a este tema en varias notas periodísticas, recordamos así que en 2001 hubo una rebaja salarial del 40% en los salarios de los trabajadores de Bridgestone. Para poder pasar eso, una crisis, despidos y etc, pusieron este beneficio. Después, ante la necesidad de contar con dólares por parte de las patronales, de comprar a dólar oficial a través del Banco Central y vender a precio blue, se hizo imposible para la empresa ocultar los tremendos beneficios que tenían.
Para decirlo en otras palabras, lo que fue en su momento una rebaja salarial se pensó bajo el formato de participación en las ganancias de los trabajadores. Después de muchos años y con la debida presión sindical de esta organización sobre todo para acceder a los números reales se pudo hacer efectivo tal beneficio. Con lo cual se les hizo imposible, no hubo manera, de evitar para ellos el tener que abonarlo. Pero en modo alguno olvidamos que con esa rebaja salarial hubo muchos compañeros que perdieron gran parte de los ingresos que les correspondían con todo derecho”.
“ Salarios por encima de la inflación”
Martín Kalos
(Economista y director de EPyCA Consultores)
“Como herramienta en general la participación de trabajadores y trabajadoras desde ya que es válida. Y la misma apunta a que dentro de un sector, cuando se incrementa la productividad o se reducen costos asociados, que incrementa además la renta empresaria, los trabajadores participen de ese beneficio, puedan captar parte de esa ganancia.
Ahora bien, en el escenario de hoy y hace tiempo con trabajadores y trabajadoras registrados que a duras penas pueden superar la línea de pobreza y que incluso no llegan a fin de meses, para esas personas incorporar un elemento coyuntural, de eventual riesgo en cuanto a no saber si lo van a poder cobrar todos los años, en definitiva, estamos hablando de un plus por ganancias de las empresas para ellos será una mala herramienta.
Lo mejor para ese grupo que describimos, sería un aumento del básico, es decir de la parte remunerativa. Queda claro que estamos hablado de una mejora que supere la inflación.
Es el punto de recordar que la participación en las ganancias es una alternativa que las empresas sólo van a hacer efectiva si les va bien. Con lo cual le corresponderá a cada sindicato definir si esa participación le sirve a sus trabajadores y trabajadoras. Sera notorio que para aquellos que tienen garantizado que sus sueldos les permiten llegar a fin de mes, tal posibilidad es un beneficio.
Corresponde tener en cuenta que si una determinada empresa, no actualizó sus salarios como sí lo hizo con sus precios de venta, su beneficio también tendrá que ver con la merma salarial. Porque sería tácita la admisión de que no se pudieron negociar mejoras con los trabajadores que al menos le empataran a la inflación y a nuestro parecer esa debería ser la prioridad si hablamos de proteger o mejorar salarios”.
“Una deuda histórica con los trabajadores”
José Ernesto Castillo
(Economista. Profesor UBA. Precandidato a legislador CABA, PTS-Izquierda Socialista, Frente de Izquierda)
“La legitimidad constitucional de la participación no tiene posibilidad de ser negada. Lamentablemente eso está violado en la inmensa, por no decir casi la totalidad, de las relaciones entre los trabajadores, trabajadoras y las patronales. Hay algún caso de constancia de este derecho en los Convenios Colectivos de Trabajo. El más cercano en el tiempo es el de los Trabajadores del Neumático (Sutna), allí su conducción clasista ha logrado que se cobre, efectivamente, el bono de la participación en las Ganancias que redunda en un monto importante.
Por supuesto que ese derecho no puede ser incluido en paquete alguno, como un bono más, como sucede a veces con los bonos no remunerativos. Esa alternativa apunta a esconder pérdidas de poder adquisitivo por cuestiones inflacionarias. La participación en la renta empresaria es un monto aparte de los salarios de todo el año y el aguinaldo, se trata de un importe extra y adicional.
Si este derecho algún día llegara a generalizarse quedaría claro con mucha nitidez cuál es el aporte de los trabajadores y trabajadoras a las empresas.
Por último aparece otro problema: ¿Hablamos de una empresa o de un grupo económico? Un ejemplo concreto, el caso de Techint, ¿un trabajador debería percibir la participación de acuerdo a la empresa donde se desempeña o en virtud de tal grupo económico?
A mi entender esta última alternativa sería la indicada, sin dejar de mencionar las dificultades que se puede tener para verificar el margen de ganancias de este tipo de grupos, contablemente”.
“La participación efectiva en ganancias”
Pedro Wasiejko
(Ex Secretario General del Sutna, Secretario de Interior de la CTA de los Trabajadores)
“El artículo que nosotros desde el Sutna firmamos en 2001 con la empresa Bridgestone es una cláusula que en la actualidad forma parte del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) del sector en su artículo 28. Allí se estableció que la empresa mencionada repartirá sus ganancias, si la misma supera el 6% de la ganancia neta, libre de impuestos. Nos referimos al momento una vez que la compañía cumplió con su obligación tributaria.
Del porcentaje un tercio es para los trabajadores, otro tercio es para la mejora del sistema productivo, y el tercio restante la compañía lo utiliza para la distribución y comercialización de sus productos. Es decir por encima del 6% todo el beneficio queda en el país y un tercio es para los trabajadores. Desde la vigencia del artículo del CCT cobramos 7 veces y la última fueron $1.300.000 porque el monto de la ganancia empresaria va variando, lo que hace que a través de los años la participación de los trabajadores pueda tener diferentes valores.
No se trata de un monto fijo y resaltamos que todos los trabajadores perciben el mismo importe. Que el beneficio llegue a todos por el mismo valor fue un concepto que nos propusimos desde el realce de la igualdad de los trabajadores. Y la mecánica es sencilla, partimos de los balances, vemos los montos, se calcula la ganancia neta de la compañía, y en virtud del tercio que corresponde para los trabajadores entonces se realiza el cálculo correspondiente sobre el monto que percibirán.
Elegimos realizarlo de esta manera, la más sencilla, efectiva e igualitaria y constituye nuestra participación de los trabajadores en las ganancias de la empresa correspondiente”.
Comentá la nota