Nuevo aumento salarial para playeros y playeras de YPF y otras petroleras de alcance bimestral

Nuevo aumento salarial para playeros y playeras de YPF y otras petroleras de alcance bimestral

El Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicio, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos, liderado por Ismael Ramón Marcón, acaba de cerrar un acuerdo de aumento salarial bimestral para los trabajadores de estaciones de servicio.

Este ajuste impactará en el bolsillo de los empleados de firmas como YPF, Shell y AXION, marcando un avance en la recuperación de sus ingresos.

A partir de noviembre, los salarios básicos se distribuirán de la siguiente manera, de acuerdo con la categoría de cada trabajador:

- Encargado de turno: $1.022.063

- Administrativo: $983.023

- Operario: $970.697

- Bonificación por asistencia perfecta: $61.623

- Compensación por manejo de fondos: $61.623

Este incremento refleja el esfuerzo del gremio por obtener mejoras salariales en un contexto económico complejo. "Este acuerdo es fundamental para que nuestros trabajadores no pierdan poder adquisitivo y puedan enfrentar la inflación", afirmó Marcón, resaltando la necesidad de seguir actualizando los salarios.

Además de los nuevos salarios, los trabajadores cuentan con otros beneficios establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 345/2002:

Antigüedad: Por cada año de servicio, los empleados recibirán un 2% adicional sobre su salario bruto mensual. Este beneficio ayuda a reconocer y premiar la permanencia en la empresa.

Horas extras: Las jornadas que superen las 6 horas entre las 6 y las 21 se pagan al 50%, y al 100% si se realizan entre las 21 y las 6 horas, así como los sábados después de las 13 horas y los domingos. "Cada hora extra cuenta, porque es tiempo y esfuerzo que los trabajadores ponen en su labor, y merecen una remuneración justa", sostuvo el sindicato.

Francos y descanso: Los trabajadores tienen derecho a 36 horas de descanso corrido como mínimo cada semana y no menos de seis días libres al mes. Además, debe respetarse una pausa de 12 horas entre turnos. Los francos trabajados se cobran al 100% como horas extras.

Horas nocturnas: La jornada nocturna no debe exceder las 7 horas, y quienes trabajen 8 horas en la noche deben recibir una hora al 100% de su valor por cada jornada.

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